El Convenio Colectivo Estatal de la Industria, la Tecnología y los servicios del Sector Metal (CEM), establece la obligatoriedad de formación en Prevención de Riesgos Laborales no sólo para los trabajadores en construcción, si no para cualquier trabajador perteneciente al sector del metal (carpintería metálica, fabricación de colchones, instalación de calefacción y climatización,…)
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Desde el 1 de octubre de 2017 los empresarios deben proporcionar a cada trabajador la formación teórica y práctica necesaria y suficiente en materia de Prevención de Riesgos Laborales, para cumplir con su deber de protección de los trabajadores y conforme a lo establecido en el nuevo convenio.
Así, dependiendo de la actividad u oficio, se establecen las siguientes acciones formativas:
Para los trabajadores que NO acceden a obra
Para los trabajadores que acceden a obra